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Aprobado el programa de reasentamiento de refugiados en España.
Aprobado el programa de reasentamiento de refugiados en España.
- Acuerdo por el que se aprueba el programa de reasentamiento de refugiados en España, en cumplimiento de la disposición adicional primera de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y la protección subsidiaria.
- España acogerá cien refugiados procedentes del conflicto sirio.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Programa de Reasentamiento de Refugiados en España, en cumplimiento de la disposición adicional primera de la Ley reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, del 30 de octubre de 2009. Dicha disposición establece que el Gobierno elaborará programas de reasentamiento de refugiados y acordará anualmente el número de personas que podrán ser reasentadas en nuestro país al amparo de dichos programas.
El reasentamiento constituye, por una parte, un instrumento con el que se garantiza una protección duradera al refugiado y, por otra, una muestra de solidaridad internacional con los países en vías de desarrollo, que soportan la acogida de la mayoría de los refugiados que hay en el mundo.
A nivel comunitario, en marzo de 2012 se adoptó el Programa Conjunto de la Unión Europea en materia de reasentamiento, que recoge el marco común para la implementación de los programas nacionales de reasentamiento de los Estados miembros, contando con el apoyo financiero comunitario a través del Fondo Europeo de Refugiados.
Llamamiento de ACNUR
Por medio del presente Programa España muestra su solidaridad y compromiso con el reasentamiento tras el llamamiento efectuado por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) ante los Estados miembros de la Unión Europea con ocasión de la reunión del Consejo de Ministros de Justicia e Interior, celebrada en Vilnius (Lituania), en julio de 2013, en la que se reclamó el reasentamiento de dos mil refugiados del conflicto sirio, en especial los vulnerables.
Con el Programa de Reasentamiento de Refugiados aprobado hoy, España manifiesta su voluntad de acoger a cien refugiados procedentes del conflicto sirio que se encuentren en países limítrofes de la región. Se alinea, así, tanto con el resto de socios comunitarios, como con los principales países de reasentamiento a nivel global. A esa cifra hay que añadir la cuota de 30 refugiados más acordada en el anterior programa de reasentamiento (2012) que se acumulan al contingente previsto en el presente acuerdo.
La ejecución del programa, que tendrá lugar a lo largo del año 2014, se llevará a cabo por los Ministerios del Interior y de Empleo y Seguridad Social. En este sentido, el acuerdo prevé la posibilidad de llevar a cabo dos misiones: una, de selección e identificación sobre el terreno, a cargo de la Dirección General de Política Interior del Ministerio del Interior, con el objeto de analizar la idoneidad de las personas que puedan ser reasentadas desde la óptica del procedimiento legal de protección internacional; y otra, a cargo de la Dirección General de Migraciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, dirigida a analizar el perfil sociocultural de esas personas desde la óptica de su acogida e integración en España.
Estatuto
Los refugiados que sean acogidos en España como consecuencia del Programa tendrán, previa discusión en la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio, bien el estatuto legal de refugiado, bien de beneficiario de protección subsidiaria (no devolución a su país de origen, autorización de residencia y trabajo permanente, y expedición de documentos de identidad y viaje).
Finalmente, desde un punto de vista económico, los gastos derivados del reasentamiento de refugiados -un total de 1.989.945,98 euros- serán asumidos casi en su totalidad por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Los gastos correspondientes a los funcionarios de la misión a cargo del Ministerio del Interior ascienden a un total estimativo de 16.980 euros, para cuya cobertura hay crédito suficiente en la aplicación presupuestaria "Derecho de Asilo y Apátridas" para el año 2014, sin imputación al ejercicio 2013.
- Fuente: Moncloa.es. Consejo de Ministros celebrado 13.12.2013.
Otras decisiones de la misma sesión del Ejecutivo (13.12.2013):
- Acuerdo por el que se autoriza la firma del Acuerdo sobre Servicios Aéreos entre el Reino de España y la República de Uzbekistán.
- Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del canje de Cartas Constitutivo de Acuerdo entre España y la Organización de las Naciones Unidas por el que se reconoce la extensión del régimen de privilegios e inmunidades previsto en el Acuerdo Sede hecho en Madrid el 28 de enero de 2009 al Centro Internacional de Cálculos Electrónicos.
- Real Decretp por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
- El Plan de Inclusión Social 2013-2016, que se enmarca en el Plan Nacional de Reformas y surge como instrumento integrador de todas las políticas de lucha contra la pobreza y la exclusión social en España.
Referencias a Consejos de Ministros celebrados en diciembre de 2013:
Referencias a Consejos de Ministros celebrados en noviembre de 2013:
- Aprobado el nuevo texto normativo del anteproyecto de Ley para la Protección de la Seguridad Ciudadana (29/11/2013).
- Aprobada la subvención a Canarias para apoyo en ´la atención de menores extranjeros no acompañados (22.11.2013).
- Se remite a las CG el Protocolo para aplicar el Protocolo el Acuerdo sobre readmisión de residentes ilegales entre Moldova y la UE (15.11.2013).
- Modificada la normativa de expedición del DNIe para proteger a los menores en el uso de internet (08.11.2013).